COLECCIÓN: GRANDES MAESTROS DEL DERECHO PENAL TRIBUTARIO TOMO I: LA EXPANSIÓN PENAL DEL BLANQUEO DE DINERO
AUTOR: Miguel Abel Souto
TOMO I: LA EXPANSIÓN PENAL DEL BLANQUEO DE DINERO
La Expansión Penal del Blanqueo de Dinero constituye una tendencia mundial, consistente en la adaptación constante de las normativas internas a los instrumentos internacionales, que atenta contra la seguridad jurídica y vulnera la consideración del Derecho penal como ultima ratio.
A modo de ejemplo se puede señalar lo ocurrido en España con los hechos previos: la Ley orgánica 1/1988, de 24 de marzo, tipificó por primera vez el delito de blanqueo de dinero circunscrito exclusivamente al narcotráfico, tras el “galimatías jurídico” de la reforma de 23 de diciembre de 1992, el Código penal, de 23 de noviembre de 1995, amplió las infracciones antecedentes a los delitos graves, poco después la Ley orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, expandió los hechos previos a cualquier delito, luego la reforma de 22 de junio de 2010 creó nuevos tipos agravados cuando los bienes procedan de algunos delitos contra la Administración pública, los relativos a la ordenación del territorio o el urbanismo y, por último, de momento, la Ley orgánica 1/2015, de 30 de marzo, acaba de expandir el campo de los hechos previos del delito de blanqueo a las antiguas faltas, ahora convertidas mayoritariamente en delitos leves, con lo que se genera un control económico y social excesivo.
Esta monografía pone de manifiesto la necesidad de hacer frente a la tendencia expansiva el castigo del blanqueo mediante la aplicación de los principios limitadores del ius puniendi.
MIGUEL ABEL SOUTO
Catedrático acr. de Derecho penal y Director del Departamento de Derecho Público Especial y de la Empresa de la Universidad de Santiago, licenciado en Derecho en 1992, año en el que obtuvo el grado de licenciado, con la calificación de sobresaliente, el premio extraordinario fin de carrera y la diplomatura en Criminología. Luego se doctoró, con premio extraordinario. Ha llevado a cabo cinco estancias investigadoras, durante más de un año, tanto en el Institut für Kriminologie und Wirtschaftsstrafrecht como en el Max-Planck-Institut für ausländisches und internacionales Strafrecht, y vertido varios artículos del alemán al castellano. Es autor, amén de diversas recensiones, de 14 monografías y unos 70 artículos sobre el blanqueo de dinero, la receptación, el encubrimiento, las teorías de la pena, la localización permanente, las medidas en la Ley penal del menor, discordancias legislativas, la denominación del Derecho penal, su concepto, las leyes penales en blanco, el bien jurídico, estadísticas criminales, pena de muerte, cadena perpetua, prisión, responsabilidad personal subsidiaria, arresto de fin de semana, inutilización de dispositivos de control de cumplimiento de penas y medidas, sustitución de la prisión, suspensión, la agravante de obrar por motivos discriminatorios, estafa, apropiación indebida, desobediencia, prevaricación, indulto, violencia sexista y narcotráfico así como de 17 voces de enciclopedia, un glosario gallego-castellano de términos esenciales de Derecho penal, el Bilingual Legal Dictionary y el Multilingual Legal Dictionary.
Por sus múltiples publicaciones sobre el blanqueo de dinero el Consejo General de la Abogacía Española lo designó para organizar el I congreso sobre prevención y represión del blanqueo de dinero, celebrado en Málaga, así como el II congreso internacional, que tuvo lugar en Barcelona, el III congreso sobre prevención y represión del blanqueo de dinero: las reformas de 2010 y la justificación de su castigo en la sociedad de la información avanzada y el IV congreso internacional, celebrado en la sede madrileña del Consejo, cuyas actas de publicaron, bajo su coordinación, en Valencia por Tirant lo Blanch en 2009, 2011, 2013 y 2014.
Asimismo, es investigador principal de un proyecto nacional (DER2015-67422-R) sobre el blanqueo de dinero, su incidencia en la economía y la sociedad digital, las reformas de 2015, aplicación de las modificaciones y la posibilidad de un Derecho penal europeo y lo ha sido de otro proyecto trienal (DER2011-24950) sobre la justificación del castigo en la sociedad de la información avanzada y el blanqueo de dinero, ha elaborado en agosto de 2012, como profesor invitado en el Instituto de Criminología de la Universidad de Cambridge, un artículo sobre los problemas que presentan las nuevas tecnologías en el campo del blanqueo de dinero y ha sido invitado a mantener ponencias en Pekín, el 1 de diciembre de 2012, en la Fourth Session of the Internacional Forum on Crime and Criminal Law in the Global Era sobre The Update of Penalty Concept and Adjustment of Crime in Money Laundering, el 26 de octubre de 2013, en la Fifth Session sobre Anti-corruption strategy in the global era and Money Laundering y el 27 de octubre de 2014, en la Sixth Session sobre Drugs criminal policies in the global era and Money Laundering, ponencia elaborada en agosto de 2014 como profesor invitado en la Florida International University.
Ha sido galardonado en los II premios a la innovación educativa en la Universidad 2002 así como en el Simposio Derecho en Bolonia 2010 y en los premios jurídicos de investigación Melchor Almagro Díaz 2010, convocados por la Universidad de Granada, es director de la Revista de Ciencias Penales, Revista de la Asociación Española de Ciencias Penales y miembro tanto del Grupo de Estudios de Política Criminal como de la Asociación Internacional de Derecho Penal así como vicepresidente del Centro Europeo de Estudios sobre Prevención y Represión del Blanqueo de Dinero, fundado en Roma, y director de su revista cuatrimestral.